Ayudanos a ayudar

Voluntarios

Los voluntarios son esenciales para poder atender a todas las personas que nos necesitan y ayudar a difundir la cultura de la vida. Si quieres ser parte de Provida, llámanos por teléfono o WhatsApp 608 04 66 04, escríbenos un email info@provida.es o rellena el formulario de contacto.

Donación puntual

Puedes colaborar con un donativo puntual para ayudar a sufragar los gastos de la Federación Española de Asociaciones Provida, ingresándolo en el siguiente número de cuenta o a través de Bizum:

transferencia bancaria

Transferencia bancaria
ES26 2100 5525 0122 0010 2365
ES28 0081 7306 6900 0140 0041

bizum

Donativo Bizum ONG
00589

O si prefieres hacer un donativo para una acción concreta de la Federación. Puedes hacer un ingreso especificando en el concepto para qué quieres que dediquemos ese dinero, por ejemplo:

  • Sufragar los gastos para organizar el Congreso Nacional de Provida.
  • Atención a madres por parte de nuestras asociaciones con pocos recursos.
  • Promover la cultura de la vida en la sociedad actual.

Puedes donar tu herencia

Si quieres seguir haciendo el bien cuando no estés entre nosotros, puedes donar tu herencia o parte de ella (legado) a la Federación Española de Asociaciones Provida.

Servirá para ayudar a mujeres embarazadas en dificultades, salvar muchas vidas inocentes y divulgar la «Cultura de la Vida» que defiende al ser humano y su dignidad desde la concepción hasta la muerte natural.

Puedes consultar cualquier duda acerca de esta donación en el teléfono 608 04 66 04.

¿Qué es una herencia?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que, por el fallecimiento de una persona, se transmite a los sucesores.

¿Qué es un legado?

El legado es el acto a través del cual una persona, en su testamento, decide asignar una parte muy concreta de sus bienes (inmuebles, coches, obras de arte, joyas, etc.) o derechos (prestaciones, cobro de deudas, porcentaje patrimonial, etc.) a otra persona física o jurídica determinada, no pudiendo perjudicar en ningún caso la legítima de los herederos forzosos. Los legados deben otorgarse, obligatoriamente, mediante testamento, indicándolo en el mismo de forma expresa.